miércoles, 30 de octubre de 2019

FRAGATA DE GUERRA “PRECIOSA”, 1791-1793.


HISTORIAS DEL MAR:
Por: JUAN EMILIO PRADES BEL
SUBASTA CONVOCADA EN 1854, PARA LA EXTRACCIÓN, DEL FONDO DEL MAR, DE LA ARTILLERÍA Y RESTOS DE LA FRAGATA DE GUERRA “PRECIOSA”, 1791-1793.
Escribe: Juan Emilio Prades Bel
INTRODUCCIÓN: Expediente oficial del año 1854 para la subasta pública de los trabajos de extracción del fondo del mar, de la artillería y los demás restos que se crean haber pertenecido, a la fragata de guerra “Preciosa”, que se perdió en la playa de Llansá, en aguas de cabo de Creus, el 22 de noviembre del año 1793.  
EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Gaceta de Madrid: núm. 527, de 11/06/1854.
Texto: “JUNTA CONSULTIVA DE LA ARMADA. En virtud de Real orden de 1º del corriente, comunicada al Excmo. Sr. Director general de la armada, y por acuerdo de la junta consultiva de la misma en su cumplimiento, se saca nuevamente á pública subasta la extracción, del fondo del mar, de la artillería y restos que se crean haber pertenecido á la fragata de guerra “Preciosa”, y cuyo buque se perdió en la playa de Llausá, en el cabo de Creux , en 22 de Noviembre de 1793 , bajo el pliego de condiciones que se insertará á continuación; y para su remate se ha señalado el día 26 del actual, á la una de su tarde, en la sala de juntas de la referida consultiva de la armada establecida en el piso bajo de la casa llamada de los Ministerios, plaza del propio nombre; advirtiéndose que á mayor abundamiento estará de manifiesto el citado pliego de condiciones, Real orden que dispone la subasta , y lo demás que tenga relación con la misma, en la escribanía principal del juzgado del ramo en la corte, sita en la plazuela de la Leña, núm. 17, cuarto segundo de la izquierda. Madrid 8 de Junio de 1854. = El Brigadier secretario, Francisco de P. Pavía.
Texto: “JUNTA CONSULTIVA DE LA ARMADA. Pliego de condiciones bajo las cuales se saca nuevamente á pública subasta la extracción del fondo del mar 4 de la artillería y restos que existan de la fragata de guerra la “Preciosa”, cuyo buque se perdió en la playa de Llausá, en el Cabo de Creux, el 22 de Noviembre de 1793.
1º. Será de cuenta del subastador abonar todos los costos y costas judiciales que produzcan un contrato con la Hacienda; para lo cual formará la correspondiente escritura de compromiso, consignando en la Caja general de depósitos, establecida en esta corte, la suma de 8000 rs. v n .; obligando además sus bienes á la diferencia que pueda aparecer á favor de dicha Hacienda.
2º. Extraerá del fondo del mar y parajes referidos, los restos que se crean haber pertenecido á la fragata de guerra «Preciosa» y que sean posibles de extracción, practicándose esta en los meses de Junio , Julio y Agosto, incluyéndose en dicha extracción su artillería, anclas, cadenas, maderas y útiles de navegar, procedentes del expresado buque, y conducirlos al puerto que tuviere por más conveniente de aquellas inmediaciones, pero sin tronzar nada, hasta que justipreciados por quien corresponda, se deduzca el tanto por 100 que deban abonar, que no bajará del ocho, para lo cual es responsable la fianza expresada en la condición anterior.
3º. El justiprecio de los efectos se verificará según se vaya haciendo la extracción de los mismos, y antes de ser conducidos á ningún puerto , por peritos que elijan , la parte de la Hacienda pública y la persona á cuyo favor recaiga el remate, ó de tercero en caso de discordia, nombrado por la marina , procurando el rematante sacar la oportuna guía de los efectos que conduzca , y con ella los entregará en el puerto de su arribo para que pueda adquirir la propiedad sobre lo salvado, y disponer de ello á su voluntad, libre de derechos. 4º. Verificado el remate, el que le hubiese obtenido á su favor formará el documento mencionado arriba por mandato de la autoridad dependiente del Ministerio de Marina, el cual dará conocimiento al de Hacienda á fin de que dicte las órdenes oportunas á las Autoridades económicas do aquella provincia que han de intervenir el embarco y desembarco de los efectos salvados y cobro de la suma que por ellos deberá entregar, lo que realizará el rematante dentro del plazo de ocho días de efectuado el justiprecio expresado en la condición antecedente.
5º. Si de la madera y demás efectos que se extraigan conviniese para el mo……. de la Marina alguna pieza ó piezas, se compromete el rematante i entregarlas á la misma por su justo valor.
6º. La subasta se celebrará ante la Junta consultiva de la Armada á la una del día que designe esta corporación, á cuyo acto asistirán el Asesor general y escribano principal del juzgado, verificándose las propuestas en pliegos cerrados, que se entregarán al Excmo. Sr. Presidente, con arreglo en un todo al modelo de proposición que al final se especificará, las que se irán numerando por el orden de su recibo, y dándoselo publicidad por el término de diez días por medio de la Gaceta y Diario oficial de avisos de Madrid , en los que se insertarán estas condiciones.
7º. La persona que se presente á hacer postura acreditará haber consignado en la Caja general de depósitos 2000 rs. v.n. (reales de vellón), acompañando al pliego cerrado la certificación que se le expida al intento.
8º. El día señalado para la subasta se principiará el acto á la una de la tarde, según queda indicado en la condición 6ª. leyéndose las condiciones, el modelo de proposición, las Reales órdenes de 8 de enero último y 1º. del actual, y cuanto pueda tener relación con la expresada subasta, continuando así hasta la una y media. Dada esta hora no se admitirá ningún pliego y se procederá á la lectura de los presentados, que se abrirán por el orden que se recibieron , tomándose nota de su contenido, adjudicándose provisionalmente el remate á la persona que resulte haber formalizado la proposición más ventajosa si la verifica en su nombre, pues si fuese representando á otra ha de estar autorizada con la competente escritura de poder, siendo extensiva á que deberán entenderse con el apoderado cuantas diligencias ocurran hasta que se celebre la escritura, no admitiéndose de otro modo, y entendiéndose que renuncia á su derecho. Se advierte que empezada la apertura de los pliegos no se oirán observaciones ni se dará explicación alguna que lo interrumpa, devolviéndose aquellos que no estén exactamente conformes al modelo, así como los que no acompañen el documento de depósito de que trata la condición anterior.
9ª. Resultando del remate dos o más proposiciones iguales, se abrirá nueva licitación durante el plazo de 15 minutos, en la que solo podrán tomar parte los autores de las mismas.
10ª. Finalizado el acto se devolverá á los interesados la certificación del depósito, reteniéndose solo la de aquel á cuyo favor hubiese quedado la adjudicación, la cual se constituirá en la escribanía hasta que recayendo la debida aprobación y otorgada la escritura le sea devuelta , en la inteligencia de que si en el plazo que se fije para la extensión de este documento no concurriese á firmarlo el rematante, perderá el importe del depósito sin derecho á ninguna reclamación, se tendrá por rescindido el contrato é incurrirá además en los efectos de lo prevenido en los artículos 4º y 5º del Real decreto de 27 de Febrero de 1852.
11ª. En cualquier caso que ocurra por falta de cumplimiento de este contrato, quedará sujeto el rematante al juzgado de marina en la corte Ínterin no se establezcan otros especiales para tales casos por los medios y trámites designados en el referido Real decreto.
12ª. Hasta la aprobación de S. M. no tendrá efecto la ejecución de este contrato. Modelo de proposición que cita la condición sexta. D. N........................ vecino de........................ por su hecho propio ó en representación de...................  enterado de los anuncios igualmente que del pliego de condiciones que sirve de base para extraer del mar la artillería y restos que se crean haber pertenecido á la fragata de guerra “Preciosa”, en la playa de Llausá al Norte del Cabo de Creux, se conforma en tomar á su cargo dicha extracción, abonando á la Hacienda pública el ... por ciento que resulte del justiprecio que se practique, según se expresa en las condiciones 3? y 4* Y para asegurar esta proposición se acompaña el documento prevenido en la condición 7ª.. Lugar de la fecha. Firma del proponente. Madrid 8 de Junio de 1854. El Brigadier, Secretario, Francisco de Paula Pavía.
JUNTA CONSULTIVA DE LA ARMADA.
Gaceta de Madrid: núm. 527, de 11/06/1854.
HISTORIA DE LA FRAGATA DE GUERRA “PRECIOSA”, 1791-1793.
Fragata Preciosa / La Divina Pastora: Botada en La Carraca en 1791. 1791-1793. En junio de 1793, y bajo el mando de D. Valero González, represa a los franceses el bergantín Nuestra Señora del Carmen. En la campaña contra los franceses, y junto con la fragata “Nuestra Señora de la Asunción”, capturan las presas francesas “Dichosa Madre”, “Arquímedes” y “Tres Hermanos”. En la noche del 22 de noviembre de 1793 la fragata Preciosa naufragó sobre la cala de Llansá, en la costa francesa, haciéndose pedazos. El comandante de la fragata Flórez, ordena montar una batería de cañones como defensa en un alto, mientras se logra extraer la mitad de los cañones y pertrechos de la fragata, para evitar que los franceses se apoderaran de ellos. En el consejo de guerra posterior por la pérdida de la fragata de guerra “Preciosa”, Flórez fue totalmente absuelto de culpa, siendo posteriormente ascendido a Capitán de Navío.

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