domingo, 9 de agosto de 2020

NAZARENO, PATRIMONIO HISTÓRICO DE CANET DE BERENGUER.


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA:

Por: JUAN E. PRADES BEL, “Crónicas”, “Humanismo”, (Proyecto: "ESPIGOLANT CULTURA": Taller de historia, memorias y patrimonios).

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…

(SÉRIE TEMÁTICA): "HISTORIAS DEL MAR".

"EL NAUFRAGIO DEL ”NAZARENO” EN 1856, PATRIMONIO HISTÓRICO DE CANET DE BERENGUER".

Escribe: JUAN EMILIO PRADES BEL.

INVENTARIO DEL PATRIMONIO HISTÓRICO, PECIO: LA GOLETA "NAZARENO" (Por Juan E. Prades): Los buques hundidos son patrimonio histórico, y cuentan con protección jurídica por la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español.

INTRODUCCIÓN: En el número 1190 de la publicación la Gaceta del día 7 de abril del año 1856, daba cuenta de un naufragio ocurrido en la mañana del día 25 de marzo de 1856, en la playa de Canet de Berenguer, el buque siniestrado y perdido era una goleta sarda llamada “Nazareno”. 

- Artículo de Juan E. Prades Bel, para las series “Historias del Mar”, "Buques mercantes" y “Gentes, costumbres, tradiciones, historias, patrimonios y paisajes del mar”.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: Fuentes doc.: Gaceta de Madrid: núm. 1190, de 07/04/1856, página 4.  Titulares Interior.- Valencia 5 de Abril de 1856.- El día 25 de marzo naufragó en la playa de Cannet el buque goleta sardo “Nazareno”. 

Textos: VALENCIA, 5 de Abril.— El día 25 de Marzo último naufragó en la playa de Canet, correspondiente al distrito de Murviedro, el buque goleta sardo Nazareno. Las Autoridades de marina, carabineros y particulares prestaron á los náufragos toda clase de auxilios según verán nuestros lectores por la adjunta relación que nos ha comunicado el capitán de dicho buque:  «Sr. redactor del Diario Mercantil. = Muy Sr. mío: Con el doble objeto y en señal de eterno reconocimiento que tendré para siempre grabado en mi corazón y trasmitiré á mi posteridad, suplico á V. se sirva insertar en su amable periódico estas cortas líneas. Diré pocas palabras, pero explícitas. El día 25 de Marzo próximo pasado, y de diez á once de su mañana, mi buque goleta Nazareno naufragó en la playa de Canet, y punto titulado Gola de Cuartells, á corta distancia de la casita que ocupa el destacamento de carabineros. En el momento mismo de la desgracia se presentó el comandante de estos de la sección de Canet, cabo segundo Gerónimo Gutiérrez, con soldados de su mando; y con una intrepidez y arrojo sin igual se tiraron al agua, procurando por todos los medios posibles, y que la humanidad puede estar en tan tristes y azarosas circunstancias, salvar la vida de toda la tripulación y mía, dándonos desde aquel instante mismo albergue en su casita, y suministrándonos la subsistencia; hasta que sabedor el subdelegado de marina de este trozo D. José Garcés, por oficio que le comunicó dicho cabo, se personó este, acompañado de su escribano D. Dionisio Perrote, é intérprete D. Salvador Dallí, presbítero, en dicha casita y punto del naufragio. Todos ellos han rivalizado en actos de filantropía y humanidad, sin cesar de alentarnos por espacio de tres días consecutivos que han permanecido en nuestra compañía, facilitándome al propio tiempo (y en cumplimiento de su deber) el subdelegado D. José Garcés, toda la matrícula de que puede disponer, para ver de poder salvar el buque y sus efectos, aunque por desgracia solo pudo lograrse en parte, harto insignificante, lo último, y algunos restos del primero.

- Tampoco debo pasar en silencio el comportamiento del pueblo de Murviedro, que sabedor de la catástrofe ocurrida, ha procurado aliviarnos de nuestra desgracia.

- Para que ejemplos de esta naturaleza no se pongan en olvido, y al mismo tiempo sirva de norma y estímulo, espero merecer de V. lo publique en su periódico, mientras yo remito copia igual á los diarios de mi nación sarda con el mismo objeto.

- Quedará de V. reconocido su afectísimo S. S. Q. B. S. M.— El capitán del buque náufrago, Pascual Ascheri.”

ADDENDA: ADICIONES Y COMPLEMENTOS SOBRE LAS TEMÁTICAS Y MOTIVOS REFERIDOS EN EL ARTÍCULO. (POR JUAN EMILIO PRADES):

NACIÓN SARDA (ISLA DE CERDEÑA): Historia de Cerdeña: En los siglos XII y XIII, Génova, Pisa y los Estados Pontificios lucharon largo tiempo por imponer su poder en los Juzgados. A finales del siglo XIII el papa Bonifacio VIII determinó que Cerdeña pasara a la Corona de Aragón, formalizándose la cesión en el año 1324, cuando el entonces infante Alfonso, futuro Alfonso IV, tomó Cerdeña durante los últimos años del reinado de Jaime II.

Con la unificación de los reinos de Aragón y Castilla, en el siglo XV, pasó al dominio español. El dominio se prolongó hasta el siglo XVIII, manteniendo en la isla una organización de tipo feudal, destacando su presencia sobre todo en Alguero, repoblada por catalanes, después de una sublevación en la ciudad. Cerdeña se cedió a Austria en el año 1713, en virtud del tratado de Utrecht. Pero en 1718, después del Congreso de Londres, Cerdeña pasó a ser posesión de Víctor Amadeo II de Saboya que asumió el título de "Rey de Cerdeña". A través de la casa de Saboya, Cerdeña fue incorporada finalmente al Reino de Italia en el año 1861. 

PUESTO DE CARABINEROS DE CANET DE BERENGUER: Comandancia de Valencia. Destacamento, casa de carabineros de la “Gola de Cuartell” en la desembocadura de la Acequia del Rey.  Partición de provincias.

CUERPO DE CARABINEROS (historia): El Cuerpo de Carabineros fue un cuerpo armado español cuya misión era la vigilancia de costas y fronteras, y la represión del fraude fiscal y el contrabando. Fue creado en 1829 y tras la Guerra civil, en 1940 fue integrado en la Guardia Civil. Tenían presencia en las fronteras terrestres, provincias marítimas y en Madrid. El lema de los Carabineros era: Moralidad, lealtad, valor y disciplina y su insignia era un sol que surge con todos sus rayos en el horizonte.

GOLA DE CUARTELL: Canal con compuertas de control de los niveles freáticos y de desagüe de la acequia del Rey, y de la marjal de Almardà-Almenara. Este punto, está situado a menos de 200 metros de la frontera entre las provincias de Castellón y Valencia, y a una distancia de unos 5000 metros del casco urbano de Canet de Berenguer, y a unos 8000 metros del de Murviedro, el actual Sagunto.  

La marjal de Almardà-Almenara es una zona húmeda que se sitúa al sur de la provincia de Castellón y al norte de la de Valencia, en las comarcas de La Plana Baja y Campo de Murviedro. La marjal comprende parte de los términos municipales de Chilches, La Llosa, Almenara, Sagunto, Canet, Benavites y Cuartell. El marjal de Almardà-Almenara es un marjal protegido de España que pertenece a la Red Natura 2000. Tiene 1.550 hectáreas, que se han incluido dentro del LIC. También está incluida dentro del Catálogo de Zonas Húmedas de la Generalidad Valenciana, donde pertenece al grupo denominado albuferas y marjales litorales. El 17 de noviembre de 2017, un área de 1 473 9 ha fue declarada como sitio Ramsar (n. ref. 2338).

S. S. Q. B. S. M (abrevituras): Suyo servidor que besa su mano.

PECIOS: Los buques hundidos son patrimonio histórico, y cuentan con protección jurídica por la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español.

LEY DE PATRIMONIO HISTORICO ESPAÑOL DE 1985: Textos: “El Patrimonio Histórico Español es una riqueza colectiva que contiene las expresiones más dignas de aprecio en la aportación histórica de los españoles a la cultura universal. Su valor lo proporciona la estima que, como elemento de identidad cultural, merece a la sensibilidad de los ciudadanos, porque los bienes que lo integran se han convertido en patrimoniales debido exclusivamente a la acción social que cumplen, directamente derivada del aprecio con que los mismos ciudadanos los han ido revalorizando.

- Integran el Patrimonio Histórico Español los inmuebles y objetos muebles de interés artístico, histórico, paleontológico, arqueológico, etnográfico, científico o técnico. También forman parte del mismo el patrimonio documental y bibliográfico, los yacimientos y zonas arqueológicas, así como los sitios naturales, jardines y parques, que tengan valor artístico, histórico o antropológico. Los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico Español deberán ser inventariados o declarados de interés cultural en los términos previstos en esta Ley. Forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles o inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en el mar territorial o en la plataforma continental. Forman parte, asimismo, de este Patrimonio los elementos geológicos y paleontológicos relacionados con la historia del hombre y sus orígenes y antecedentes.”

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES: 

ARCHIVO FOTO-IMAGEN:

ESCENA DE CARGA DE DOS GOLETAS: 



ESCENA DE UN NAUFRAGIO SIMILAR:


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